
Construcción de pilares
Desde el 1 de agosto del 2008 se encuentra en vigencia la resolución 092/08 del Organismo de Control de la Energía de Buenos Aires (O.C.E.B.A).
En la que se define la construcción de pilares para usuarios nuevos de pequeñas demandas.
La construcción de pilares y acometidas necesarios para la prestación del servicio eléctrico, debe cumplimentar los siguientes Requisitos Técnicos:
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Las cajas de medidores deberán ser de policarbonato (Plásticas).
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Los caños de bajada a instalarse deberán ser aislados interior y exteriormente (no deben ser cortados).
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Ambos elementos, cajas y caños, deberán estar homologados.
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Debe tener colocadas las protecciones en el tablero primario (llave térmica y disyuntor diferencial).
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Los cables de jabalina y de conexión (cableado entre medidor y protecciones) deben quedar sueltos en la caja de medidor.
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La jabalina que se solicita no se debe compartir con la puesta a tierra propia del suministro.
De no cumplir con estos requisitos, la cooperativa NO realizará la conexión a la red de energía eléctrica.